martes, 28 de noviembre de 2017

¡HÉROES O VILLANOS?

¿HÉROES O VILLAÑOS?
                                                                                                                           27-11-2017
            Olvidémonos de todos los argumentos transversales que se están dando a los medios por los políticos de turno, en donde se razona si Cataluña puede llegar a ser o no ser, por ley divina o humana, algún día independiente. Los argumentos los presentan ambos contendientes con gran convicción, y con la firmeza de que son irrefutables.
            Estoy seguro de que no hay ninguna consideración legitima, ética, o contraria a los derechos humanos, que impida llevar en su Constitución un articulo que diga por ejemplo lo siguiente: “Para que una autonomía en España, pueda declarar su independencia, se requerirá que en un referéndum de autodeterminación, los ciudadanos de esta autonomía, voten por su independencia, en una proporción igual o superior al 66 o 75% de los electores, teniendo necesariamente que repetir este referéndum pasado un año, con un resultado en el mismo sentido”. Sí el artículo 2º estuviera redactado así, todas estas cárceles y enfrentamientos nos los hubiésemos ahorrado, y tal como piensan hoy los catalanes nada más cambiaría. Lo redactaron así en su día, con esta rigidez, porque solo tuvieron en la mente sus deseos, sin tener en cuenta a otros grupos menores.
            Sí en nuestra Constitución lo tuviésemos así  redactado (o en una forma parecida), entonces tendríamos un referéndum, y tal como piensan hoy los catalanes no habría Dui. Pero en el supuesto de que lo ganasen, no serían anticonstitucionales los hechos ocurridos en Cataluña, y todas las leyes que ha promulgado la Generalitat, serían ahora legales, y en vez de estar actuando la justicia Española para meter en la cárcel a los dirigentes catalanes, estarían estos siendo exaltados por sus partidarios como héroes, ya que habían hecho posible su soñada independencia. Este artículo “España es indivisible”, desencadena la violencia cuando hay un número importante de independentistas que no ven salida a sus aspiraciones. El ejemplo está en Cataluña.
La gente de la calle normal, no aprecia que sus dirigentes hayan echo actos tan terribles como algunos fiscales y políticos nos lo quieren presentar, ya que se hizo sin violencia, sin secretismos, y anunciándolo de forma serena y por escrito. A la actual persecución se llega por la forma del artículo 2º, y también porque los jueces aplican la ley ciegamente, sin tener en cuenta las circunstancias especiales de cada caso.
            Y yo pregunto si es lógico, que una diferente redacción (ambas legitimas y entonces legales) de un artículo de nuestra constitución, pueda determinar tan diferentes formas de trato a los dirigentes catalanes. Llevarlos a la cárcel por sedición con penas durísimas de reclusión, o por el contrarío, sí estuviese redactado de esta otra manera, podían estar rindiendoles honores y exaltaciones patrióticas. En este último caso Puigdemon sería bien recibido en la Moncloa por Rajoy, y estarían ambos dirigentes dándose casi besos en la boca con halagos mutuos.
            En la mayoría de los casos de independencia que tuvo el mundo, a los dirigentes de estas acciones, se les cortó la cabeza, si en la pelea ganaron los unos; o se le premió con honores y regalías, si los otros salieron victoriosos. Da la impresión que hoy no han cambiado demasiado las cosas en España.
            Estas dos formas posibles de redacción del artículo segundo de nuestra Constitución, dan un trato diametralmente opuesto para las mismas personas y por los mismos hechos. Esta diferencia puede meterlos en la cárcel con fuertes condenas, o ponerle medallas honoríficas. Esto es de siquiatra. Por cierto, quiero hacer notar que ambos artículos son legales y pueden ser intercambiados en cualquier momento, sí los políticos lo deciden así. Lo han hecho otras veces. Los partidos que se oponen a la reforma del artículo 2º de la constitución, de una forma indirecta, y empleando a la justicia como brazo ejecutor, son los que realmente condenan a la cárcel a los dirigentes catalanes, pues sí reforman dicho articulo, desaparece el delito. No abría persecución a los dirigentes catalanes ni peleas en las calles. ¿Es que no es positiva esta reforma?. Por la falta de empatía, los políticos actuales deberían de arrepentirse de sus pecados, y asumir el mea culpa, ya que para evitar estas peleas tan broncas, solo necesitan tener la voluntad de hacerlo.
            Si el artículo 2º lo redactásemos como arriba se dice, abría un referéndum, y si los independentistas superarán el 75 %, le daríamos la independencia, pero de todas formas con un 75 %  ni con la actual redacción podríamos parar la marea humana. En los demás casos no abría cambio alguno, excepto que no tendríamos estas indeseadas persecuciones a los dirigentes de la Genertalitat, ni las ordenes de ingresos en las cárceles. El día de mañana no tendríamos la necesidad de decretar indultos. Pero tal como hoy lo tenemos redactado, solo hay paz cuando tenemos a pocos independentistas, y cuando son un número apreciable, se produce la inútil guerra que todos estamos viendo y soportando. El PP aplico la violencia física el 1-10, y  hoy sigue con la violencia judicial. Algo está fallando estrepitosamente en nuestras democracias.

Antonio Lago Díaz   Donas Gondomar Pontevedra   DNI 35.811.360 S   Tl. 986.350310

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