viernes, 7 de noviembre de 2014

LA CONSTITUCIÓN Y EL ARTICULO 2º QUE NOS DIVIDE

            LA CONSTITUCION Y EL ARTICULO 2º QUE NOS DIVIDE

El Articulo 2º de la Constitución Española dice: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”.
Siendo evidente que esta proclamada unidad no está en la conciencia de todos los españoles, ¿para que entonces mantener tan rotunda afirmación, sabiendo que a muchas personas las obligamos a quedar fuera de la Constitución?. ¿Para que tan categóricos postulados, que ya al principio nos desunen?. Un Articulo que produce efectos contrarios a las intenciones para los que fue creado, lo mejor es derogarlo, redactando otro con vías más amplias para la convivencia. Es inútil la pretensión de muchos, de que por ley, los pueblos de España tienen que permanecer unidos con entusiasmo y con ganas, -o en ultimo caso obligados y sin ellas-.
También es falsa la creencia de que en esta situación de forzada unidad, el gobierno español adquiere mayor autoridad frente a alguna región que le reclame una prerrogativa más allá de lo razonable. Se equivocan, porque debido a esta imposición, el gobierno sintiendose en pecado, se ve muchas veces obligado a hacer alguna concesión no deseada. No ocurriría lo mismo cuando las regiones estuviesen integradas por su propia voluntad en España. Cuando en algún momento surgiera una petición fuera de tono, el gobierno tendría más fuerza para rechazarla, argumentando que forma parte del grupo por propia voluntad; que es suya la decisión de continuar en él; y que la ley la hacemos entre todos para cumplirla todos.
Si Indagamos las causas de porqué este Articulo 2º no funciona, observamos un fallo fundamental de concepto, y es que trata de imponer sentimientos, y estos no son manipulables por imperativo legal. Te puedes sentir español, vasco, catalán, gallego..., o tener varios de estos sentimientos a la vez, pero no te pueden obligar a sentirte de una determinada forma porque lo diga un articulo de la Constitución. Los sentimientos son consecuencia de lo vivido y pertenecen al alma de forma individualizada, y cuanto más te fuercen a sentirte de una manera, más te sientes de la otra. Las leyes que no pueden cambiar los sentimientos, pueden redactarse respetándolos, y sería loable que el gobierno intentase ganarte para su causa con sensibilidad y razonamientos –que los hay muy poderosos-, pero sin blandir la intransigencia de una unidad impuesta y eterna. Por encima de la Constitución deben estar las libertades de los pueblos que la integran.
            Para terminar voy a proponerles una adivinanza: Como denominaremos a aquella organización, donde una vez dentro, nunca más podemos salir por nuestra voluntad, dependiendo exclusivamente de la decisión del grupo dominante.

NIF: 35.811.360-S                        Antonio Lago Díaz                                tl. 986.350310

Sobreiro 9  Donas  Gondomar  Pontevedra                                                 18-12-2003

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