25-12-2014
LA AMORALIDAD DE LAS PATENTES EN MEDICINA
Solamente
voy a hablar de las patentes de las medicinas, porque por su precio pueden influir
directamente en la vida o muerte de las personas. Antes de otra cosa quiero
resaltar que, según comentarios, los laboratorios dedican una tercera parte de sus
gastos a la investigación y dos terceras partes a la propaganda y comisiones.
Las patentes están redactadas para que se pueda resarcir el investigador del
esfuerzo realizado para obtener el medicamento descubierto, lo cual apruebo,
pero siempre dentro de ciertos limites.
Sí un
laboratorio descubre un medicamento nuevo, es porque se ha dedicado a
estudiarlo, pero también porque ha habido antes otros investigadores que han
llevado a la ciencia a un grado de avance tal, que hace posible ese
descubrimiento, y si este laboratorio o persona no hubiera existido, otros más
adelante también llegarían a descubrirlo. Por lo tanto el mundo avanza con
independencia de una persona física en concreto, y los inventos se suceden
porque la comunidad internacional ha llegado a tal punto de adelantos, que
permite ha otros hacer este descubrimiento, y si no lo descubriese esta persona,
el avance en medicina como está ya a punto, lo descubrirá otra persona. O sea,
el inventor se ha valido de los avances que anteriormente han hecho otros, y si
no es él, otro surgirá para descubrirlo.
Está muy bien
proteger al descubridor, pero no hasta el punto que pueda él determinar que
personas pueden vivir y cuales deben morir, y esto es lo que la actual
legislación de patentes medicinales permite, al poner en sus manos los precios a
que va a salir al mercado el medicamento, que con la legislación actual, solo
depende de la voluntad del descubridor, con lo cual muchas veces la gente
normal no tiene acceso al mismo por el precio abusivo que le asigna, condenando
a muerte a muchos seres humanos por no
poder pagarlo.
Para dar respuesta a los derechos
del investigador y también dar la posibilitar de su uso y beneficio de forma inmediata
a todos los que necesiten este medicamento, una vez patentado, debía poder ser
comercializado por todas las personas o empresas que lo solicitasen, pagando un
precio o canon justo por unidad fabricada al descubridor. El precio unitario
del canon seria fijado y supervisado por la administración en función de unos
parámetros a desarrollar mediante una ley que tenga en cuenta los posibles
beneficios del descubridor y en función de las tiradas previsibles que se vayan
a comercializar, y en ciertos casos, si hubiera un fallo de estas previsiones,
con objeto de que nunca pueda salir perjudicado el descubridor, aportar la
administración el dinero necesario para evitar este posible perjuicio. Esta
formula incluso sería beneficiosa para la administración, al pagar siempre un
precio justo al adquirir cualquier medicamento patentado.
Esta
proposición es equitativa para ambas partes, pues hace que el producto lo pueda
fabricar cualquiera, entrando en juego el mercado de la competencia, sin
descuidar el beneficio licito del investigador, que incluso pudiera ser mayor
al que tenía previsto, ya que el cargo total de la patente estaría repartido
entre un mayor numero de beneficiarios. A los usuarios le resultara el producto
por unidad a un precio mucho más económico por dos motivos: ser menor el cargo
unitario de la patente y entrar su fabricación en la competencia de precios.
Actualmente
ha salido al mercado un medicamento contra la hepatitis C, que cura esta
enfermedad, pero que el laboratorio le puso un precio tan alto, que solo unos
pocos lo podrán pagar, y en el caso de que lo incorpore la administración para
aplicar a todo que lo necesite, tendrá esta que desembolsar un precio
totalmente abusivo, que siempre será sufragado en último termino por nuestros
bolsillos.
Lo inadmisible de la legislación
actual es que en ciertos casos como el descrito, permita al descubridor por su
avaricia, ser el arbitro para designar quien debe vivir y quien morir. En casos
como este creo que incluso se podría presentar contra el laboratorio o contra
el gobierno, una querella criminal por la muerte de personas inocentes .
NIF. 35811360S Antonio Lago Díaz Donas Gondomar Pontevedra tl.986.350310
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